Verifactu: Fechas de entrada en vigor (actualizado abril 2025)

Jen Cubelles
Jen Cubelles, Responsable de cumplimiento normativo
Última actualización: 23/abril/2025

El reglamento Verifactu representa un cambio clave en la facturación en España, diseñado para prevenir el fraude fiscal mediante sistemas de facturación verificables.

Cumplir con esta normativa a tiempo es crucial para evitar sanciones y garantizar la operatividad de tu negocio o actividad profesional. Conocer las fechas límite no es solo una obligación legal, sino una necesidad para planificar una transición sin contratiempos.

En este artículo hablamos de cuáles son esas fechas y te ayudamos a entender qué necesitas hacer y cuándo.

Fechas de entrada en vigor

Empecemos respondiendo a la pregunta más importante:

¿Cuándo entra en vigor el reglamento Verifactu?

  • A partir del 28 de julio de 2025: Los proveedores de software deben tener disponibles las versiones de sus programas adaptadas y listas para ser homologadas según los requisitos de Verifactu. Desde esta fecha, puedes empezar a adquirir e implementar el software necesario.
  • A partir del 1 de enero de 2026: Obligatorio para Empresas. Todas las facturas emitidas por empresas sujetas a la norma deberán generarse con un software Verifactu homologado.
  • A partir del 1 de julio de 2026: Obligatorio para Autónomos y otros profesionales. Deberán usar un software Verifactu homologado para emitir sus facturas.

Como prepararse: Plan de acción recomendado

Tu plan de acción debe centrarse en cumplir con el requerimiento principal que Verifactu impone a empresas y autónomos: implementar y utilizar un software de facturación homologado por Hacienda.

Además, es crucial recordar un requisito adicional: la obligación de emitir una factura por cliente en el momento en que se realiza la venta.

Si bien esta exigencia ya existe desde el Reglamento de Facturación de 2012, la entrada en vigor de Verifactu refuerza su importancia y la necesidad de su cumplimiento estricto.

Dependiendo de tu sector y de cómo operes actualmente, esto podría implicar adaptar procesos y formas de trabajo para asegurar la emisión inmediata de la factura.

Aquí tienes un plan con los pasos recomendados para adaptarte sin prisas:

  1. Ahora – Julio 2025: Investiga y planifica. Contacta a tu proveedor de software actual. Pregunta sobre sus planes de adaptación a Verifactu y cuándo esperan tener la versión homologada disponible. Evalúa si necesitarás cambiar de proveedor.
  2. Julio 2025 – Diciembre 2025: Selección e implementación temprana. A partir del 28 de julio, los softwares adaptados deberían estar disponibles. Compara opciones homologadas, solicita demostraciones y elige la que mejor se ajuste. Empieza a configurar el software y realiza pruebas iniciales.
  3. Octubre 2025 – Diciembre 2025 (Especialmente empresas): Intensifica la preparación. Finaliza la configuración, realiza pruebas exhaustivas y forma a tu equipo. Asegúrate de que todo esté listo para el 1 de enero de 2026. ¡No lo dejes para última hora!
  4. Enero 2026 – Junio 2026 (Especialmente autónomos): Finaliza la transición. Si eres autónomo, tienes hasta el 1 de julio. Usa este tiempo para completar la instalación, configuración, formación y pruebas, asegurando una transición fluida antes de la fecha límite.
  5. Desde el 1 de Enero 2026 (Empresas) / 1 de Julio 2026 (Autónomos): Cumplimiento obligatorio. Asegúrate de que todas tus facturas se emiten exclusivamente con el software Verifactu homologado. Mantén el sistema actualizado según las indicaciones de tu proveedor y la normativa.

Como prepararse para la entrada en vigor

Primeramente debes saber que para cumplir con el reglamento Verifactu deberás obligatoriamente usar un software de facturación homologado por Hacienda.

Los softwares deberán estar adaptados a la normativa unos meses antes de la entrada en vigor.

Concretamente deberán estar adaptados el 28/julio/2025.

A partir de dicha fecha ya podrás adaptar tus procesos a la nueva normativa y emitir facturas Verifactu, aunque por Ley aún no sea necesario.

Por lo tanto, dispones de 5 meses para implementar el reglamento Verifactu y hacer las pruebas necesarias.

Consecuencias de no cumplir con los plazos

Incumplir con la obligación de usar un sistema Verifactu una vez entrada en vigor la normativa conlleva sanciones significativas.

La Agencia Tributaria ha establecido una sanción de 50.000 euros por cada ejercicio fiscal en el que se utilice un software de facturación no homologado o que no cumpla los requisitos técnicos exigidos por Verifactu.

Estas sanciones serán aplicables a partir de la fecha de obligatoriedad que te corresponda (1 de enero de 2026 para empresas, 1 de julio de 2026 para autónomos).

¿Quién está obligado y quién está exento?

En general, todas las empresas y autónomos que emiten facturas deberán adaptarse a Verifactu, salvo algunas excepciones notables.

No estarán obligados a implementar Verifactu aquellos que ya cumplan con el Sistema de Suministro Inmediato de Información (SII). Esto incluye principalmente:

  • Empresas con una facturación anual superior a 6 millones de euros.
  • Inscritos en el Registro de Devolución Mensual del IVA (REDEME).
  • Pertenecientes al Régimen Especial del grupo de entidades a efectos del IVA.

Además, los contribuyentes del País Vasco que ya utilicen el sistema TicketBAI (normativa foral equivalente) o los titulares de depósitos fiscales (desde 01/01/2025 para ciertas operaciones) pueden tener regímenes específicos o exenciones.

Conclusión: Anticípate a Verifactu

Verifactu marca un hito en la facturación digital en España. Aunque las fechas límite de 2026 puedan parecer distantes, la preparación debe comenzar mucho antes. Aprovecha el periodo a partir de julio de 2025, cuando los softwares homologados estarán disponibles, para realizar la transición de forma ordenada.

El paso clave es asegurarte de contar con un software de facturación certificado por Hacienda antes de tu fecha límite. Evalúa tu situación, contacta con proveedores y planifica la implementación para cumplir con la normativa y evitar costosas sanciones.